Federativos presentaron el protocolo específico del baloncesto costarricense

2021-03-04

 

Los federativos de la Federación Costarricense de Baloncesto(FECOBA), presentaron esta noche el protocolo para el regreso al baloncesto durante la temporada 2021, denominado protocolo específico del baloncesto.

 

El protocolo se le presentó a varios entrenadores mediante una videoconferencia realizada en horas de la noche, donde se dieron a conocer los lineamientos a seguir dentro y fuera de la cancha en los eventos que se realicen durante el presente año. 

 

En dicho documento se reseñan las reglas del juego para entrenamientos y la competencia, prohibiciones entre otros, basados en la normativa que se ha manejado durante el último año con las autoridades deportivas y de salud, en busca del cumplimiento para el bienestar de los atletas, cuerpos técnicos, dirigentes, personal administrativo de las instalaciones, entre otros, en busca de cumplir con las mediadas, para poder responder a la confianza de las autoridades por los permisos otorgados.

 

Estas medidas podrán ser actualizadas permanentemente, con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y lineamientos sanitarios vigentes.

 Los directivos de la FECOBA esperan que el mismo se pueda aplicar a la brevedad, de momento ya hay un  protocolo aprobado para poder regresar a los entrenamientos y a la competencia. 

 

 

Este el protocolo presentado esta noche. 

 

 

 


Protocolo Específico para Baloncesto

Versión: 003

 

 

 

Fecha de elaboración: 5 de febrero 2021
Fecha actualización: de la última 24 de febrero 2021
Aprobado por: Karla Alemán Cortés Ministra del Deporte


Firma del aprobador:
El usuario es responsable de obtener la revisión actual antes de utilizar este documento.


Contenido

 

1.0 Propósito
En el marco de la declaratoria de estado emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, oficializada mediante Decreto Ejecutivo 42227-MP-S producto del COVID-19 y dadas las características de la pandemia y las formas diversas del contagio del virus, se han definido medidas sanitarias preventivas por parte del Ministerio de Salud, como ente rector en el contexto de esta fase de respuesta y ante un contagio en un centro de trabajo.
Este documento está sujeto a ser actualizado permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y lineamientos sanitarios vigentes.
Este protocolo fue elaborado por representantes de las siguientes organizaciones:

Participantes Organización
Karla Alemán Cortés Dr. Willy Gálvez Jorge Lobo Di Palma MIDEPOR, Comisión Técnica Asesora de protocolos MIDEPOR

Minor Monge Montero, Grettel Córdoba, Andrés Carvajal, Dr. Gustavo Castillo
ICODER, Comisión Técnica Asesora de pro- tocolos MIDEPOR

Luis Peraza Rodríguez. ASETEC ITCR, Comisión Técnica Asesora de protocolos MIDEPOR
Pedro Cambronero Orozco Ministerio de Educación Pública, Comisión
Técnica Asesora de Protocolos de MIDEPOR
Dra. Gina María Goldoni Vargas, Dr. David Carnegie Richards
Erick Francisco Mora Kuylen
Expertos del baloncesto


2.0 Objetivo
La aplicación de este documento va dirigido a la práctica deportiva del Baloncesto, específicamente a los actores, como parte de las acciones preventivas y de mitigación dictadas por el Ministerio de Salud, para atender la pandemia del COVID-19.

⦁ Alcance
El presente documento es dirigido a las personas relacionadas directamente al Baloncesto.
⦁ Personas que practican el deporte de forma profesional o permanente.
⦁ Cuerpos técnicos: Personas que se dedican a la preparación física, técnica, táctica, mental e integral de deportistas como médicos, fisioterapeutas, nutricionistas, psicólogos, utilería.
⦁ Personal administrativo: Dirigentes de las instalaciones, servicio al cliente, seguridad, limpieza, prensa, contratación de servicios.

⦁ Documentos de Referencia
⦁ Decreto ejecutivo 42227-MP-S. Declaración de estado de emergencia nacional: https://⦁ www.presidencia.go.cr/bicentenario/wp- content/uploads/2020/03/Decreto-Ejecutivo-42227-Emergencia-Nacional.pdf
⦁ Decreto Ejecutivo N° 42317-MTSS-S. La activación de protocolos y medidas sanitarias en los centros del trabajo por parte de las comisiones y oficinas o departamentos de salud ocupacional ante el COVID-19: https:⦁ //www.c⦁ so.g⦁ o.cr/legislacion/decretos_normativa_reglamentaria/Decreto%20 Ejecutivo%2042317%20salud%20ocupacional.pdf
⦁ Directriz N° 073-S-MTSS. Sobre las medidas de atención y coordinación interinstitucional ante la alerta sanitaria por coronavirus (COVID-19): //www.mtss.go.cr/elministerio/biblioteca/documentos/Directriz%20073-S- MTSS.pdf
⦁ Directriz N° 077-S-MTSS-MIDEPLAN. “Dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada: sobre el funcionamiento de las instituciones estatales durante la declaratoria de emergencia nacional por COIVD-19”: https:⦁ //www.mi⦁ nisteriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/decretos_cvd/directri z_077_s_mtss_mideplan_funcionamiento_instituciones_publicas.pdf
⦁ Medidas administrativas temporales para la atención de actividades de concentración masiva debido a la alerta sanitaria por COVID-19 en su versión actual: https:⦁ //www.mi⦁ nisteriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/medidas_admi- nistrativas_temporales_atencion_actividades_concentracion_masiva_09102020.pdf
⦁ Directriz 082-MP-S: Protocolos sectoriales para una reapertura segura en su versión actual:
https://covid19.go.cr/wp-content/uploads/2020/05/Protocolos-Sectoriales- Instituciones-y-sectores.pdf


⦁ Guía para la prevención, mitigación y continuidad del negocio por la pandemia del COVID-19 en los centros de trabajo en su versión actual: https:⦁ //www.mi⦁ nisteriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/guia_continuida d_negocio_v1_21042020.pdf
⦁ INTE/DN-MP-S-19:2020. “Requisitos para la elaboración de protocolos sectoriales para la implementación Directrices y Lineamientos sanitarios para COVID-19”. en su versión actual:
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/caja_herramientas/re quisito_protocolos_sectoriales_13052020.pdf
⦁ Lineamientos generales para oficinas con atención al público (Bancos, correos, instituciones del Estado, Poder Judicial, empresas privadas de servicios) debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19), en su última versión:
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/lineamiento_gen eral_servicios_atienden_publico_v1_17032020.pdf
⦁ Lineamientos generales para propietarios y administradores de Centros de Trabajo por Coronavirus (COVID-19), última versión:
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/ls_cs_009_linea miento_general_propietarios_administradores_centros_trabajo_08072020_v7.pdf
⦁ Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la enfermedad COVID-19, en su versión actual:
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/ls_vs_001_Versi on_17_Vigilancia_COVID19_22_12_2020.pdf
⦁ LS-VG-003. Lineamientos generales para el seguimiento y levantamiento de actos administrativos (orden sanitaria) de aislamiento domiciliarporCOVID-19 en su versión actual:
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/lineamientos_se guimiento_os_aislamiento_28092020.pdf
⦁ LS-PG-008. Lineamientos generales para limpieza y desinfección de espacios físicos ante el Coronavirus (COVID-19). en su versión actual:
https://www.ministeriodesalud.go.cr/sobre_ministerio/prensa/docs/ls_pg_032_limp ieza_desinfeccion_29052020.pdf
⦁ Protocolo Sectorial Deporte y Recreación en su versión actual: https:⦁ //www.ic⦁ oder.go.cr/documentos/func-startdown/2465/
⦁ Código de la niñez y la adolescencia Ley Nº 7739: https://pani.go.cr/descargas/bibliografia-recursos-humanos/557-codigo-de-la- ninez-y-la-adolescencia/file
⦁ LS-VS-011 Lineamiento general para atletas y Para- atletas de alta competición y de Representación Nacional en eventos oficiales, en el marco de la alerta por COVID- 19.


⦁ Definiciones
⦁ COVID-19: Es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente, se transmite por contacto con otra que esté infectada por el virus. La enfermedad puede propagarse de persona a persona a través de las partículas procedentes de la nariz o la boca que salen despedidas cuando una persona infectada habla, tose o estornuda, también si estas gotas caen sobre los objetos y superficies que rodean a la persona, de modo que otras personas pueden tocar estos objetos o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boca (OPS/OMS, 2020).
⦁ Equipo de protección personal (EPP): Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador o trabajadora para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin (Universidad de Valencia, 2020).
⦁ Caso sospechoso: El caso sospechoso contempla las siguientes posibilidades: Persona con infección respiratoria aguda (fiebre y al menos un signo o síntoma de enfermedad respiratoria (por ejemplo, tos, dificultad respiratoria, dolor de garganta, congestión nasal) (Ministerio de salud, 2020).
⦁ Caso Probable: El caso probable contempla las siguientes posibilidades: 1. Un caso sospechoso para quien la prueba para el virus COVID-19 no es concluyente. 2. Un caso sospechoso para quien la prueba no pudo realizarse por algún motivo (Ministerio de salud, 2020).
⦁ Caso Confirmado: Corresponde a una persona a quien se la ha confirmado, la infección por el virus que causa la enfermedad COVID-19, indistintamente de los síntomas y signos clínicos. La confirmación la harán los laboratorios públicos y privados que cuenten con una prueba de PCRRT capaz de identificar genes de SARS-CoV-2, que cuenten con autorización de una entidad regulatoria externa tal como FDA o su equivalente, debidamente autorizada por el Ministerio de Salud, así como el Centro Nacional de Referencia de Virología de Inciensa. Definición de IRAG: La persona se clasifica como IRAG si presenta: Historia de fiebre o fiebre de 38°C o más y, Dolor de garganta o tos y, Disnea o dificultad respiratoria y, con aparición dentro de los últimos 10 días, y necesidad de hospitalización (según criterios establecidos en el Protocolo Nacional de Vigilancia de la persona con Influenza y otras virosis) (Ministerio de salud, 2020).
⦁ Contacto directo: Cualquier persona que haya entrado en contacto (a un metro o menos) con un caso confirmado durante el periodo sintomático, incluidos cuatro días antes de la aparición de los síntomas (Ministerio de salud, 2020).
⦁ Casos de reinfección por COVID-19:
Caso Sospechoso:
⦁ Persona con o sin síntomas que haya sido positivo para SARS-CoV-2 por laboratorio y que en un lapso ≥ 90 días desde la FIS del primer episodio tenga resultados positivos de RT- PCR o antígeno para SARS-CoV-2; en el caso de las personas sintomáticas se deben descartar infecciones por otro agente infeccioso y se demuestre que haya estado sin ningún síntoma relacionado a la enfermedad entre ambos episodios.


⦁ Persona que requiere hospitalización por una condición clínica compatible con COVID- 19, que haya sido positivo para SARS-CoV-2 por laboratorio con resultados positivos de RT- PCR o antígeno para SARS-CoV-2 después de un lapso ≥ 45 días desde la FIS del primer episodio, siempre que se haya descartado infecciones por otro agente infeccioso y se demuestre que haya estado sin ningún síntoma relacionado a la enfermedad entre ambos episodios.

Caso probable:
⦁ Caso sospechoso en el que: Se haya identificado claramente un contacto positivo por laboratorio en el segundo episodio que generó el contagio a la persona en estudio.
⦁ Se pueda obtener el Ct de los resultados de laboratorio de los dos episodios, siempre que estos sean comparables entre sí (misma metodología/kit de diagnóstico, marcadores genéticos) y que sean ambos menores a un valor de 30.

Caso confirmado:

1. Caso sospechoso o probable en el que: Se obtenga la información del genoma completo del virus tanto de la primera como segunda muestra y se pueda determinar que ambos virus son distintos según las orientaciones provisionales para la detección de casos de reinfección por SARS-CoV-2 de la Organización Panamericana de la Salud del 29 de octubre 2020 y sus actualizaciones.

Nota: A nivel internacional se tiene evidencia de reinfecciones por SARS-CoV-2, en nuestro país se están realizando análisis de casos de personas que podrían catalogarse en alguna de estas definiciones, cuyo comportamiento ha sido en un lapso promedio de 115 días (rango 46-183) con un comportamiento variable en la primera y segunda infección. Esto quiere decir que las reinfecciones son posibles y que no se deben descuidar las medidas de protección. Establecer el estatus de reinfecciones confirmadas es difícil en el país debido a las limitaciones existentes para tener la secuenciación genética de los virus del primer y segundo episodio (Ministerio de Salud, 2020).

⦁ Liga superior: Es la máxima categoría competitiva del baloncesto costarricense (FECOBA, 2005).
⦁ Alto rendimiento: Es el principal programa que desarrolla el gobierno en el campo del deporte, etapa de iniciación en el ámbito olímpico. (FECOBA, 2005)
⦁ Liga menor: Consiste en la etapa formativa entre las edades comprendidas de 13 a 18 años. (FECOBA, 2005).
⦁ Mini baloncesto: Es la etapa de iniciación que comprenden a deportistas menores de 12 años. (FECOBA, 2005)
⦁ Elite: El deporte de elite representa al deporte de alto rendimiento. El que busca decisivamente el record, la medalla.

⦁ Abreviaturas
⦁ Ministerio de Salud (MS).


⦁ Coronavirus 2019 (COVID-19).
⦁ Equipo de protección personal (EPP).
⦁ Equipos Básicos de Atención Integral de Salud (EBAIS)
⦁ Ministro del Deporte (MIDEPOR).
⦁ Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER).
⦁ Asociación Solidarista de Empleados del Tecnológico (ASETEC).
⦁ Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR).
⦁ Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
⦁ Federación Costarricense de Baloncesto (FECOBA).

⦁ Principios
El sector del deporte y la recreación y sus subsectores se compromete a cumplir con los principios aceptados de buena conducta en el contexto de la pandemia, incluso cuando las situaciones se tornen aún más difíciles. A continuación, se presentan los principios en los cuales deben basarse:
⦁ Rendición de cuentas
⦁ Transparencia
⦁ Comportamiento ético
⦁ Construcción colectiva con las partes interesadas
⦁ Respeto al principio de legalidad
⦁ Respeto a los derechos humanos

⦁ Pre - requisitos de implementación
⦁ Disposiciones Generales
⦁ Este protocolo servirá como guía específica, complementaria durante todo el tiempo que dure la pandemia, para regular la reapertura de las actividades deportivas en las que se practica el Baloncesto en cumplimiento con los lineamientos y recomendaciones dictadas por el Ministerio de Salud, con relación la Pandemia del COVID-19.
⦁ La aplicación de estos lineamientos y protocolo de atención es de ACATAMIENTO OBLIGATORIO de la FECOBA y se velará por su cumplimiento en todas las actividades del Baloncesto que esta FECOBA organice o avale; así como todas las actividades realizadas por cualquier grupo organizado en torno al Baloncesto dentro del territorio nacional.
⦁ Debido a la situación epidemiológica de esta pandemia, estos lineamientos se revisarán de forma periódica y estarán apegados a lo que dicte el Ministerio de Salud para actividades o eventos deportivos, así como de afluencia de personas.
⦁ Cada organización deportiva (polideportivos, academias, clubes, equipos, etc.), deberá tener el permiso sanitario de funcionamiento vigente.


⦁ Cada organización deportiva (polideportivos, academias, clubes, equipos, etc.), deberá tener un representante que coordine y brinde a la Comisión Médica Integral de la FECOBA cuando se solicite, un reporte de acatamiento y situación de contagio; dicho representante será el responsable de velar por el cumplimiento de estos lineamientos en todas las actividades de su entorno, también deberá trabajar en la actualización y divulgación de nuevos lineamientos y reportar o informar sobre cualquier incumplimiento del protocolo.
⦁ Es responsabilidad absoluta de cada organización deportiva, informar y educar atletas, familiares y miembros del cuerpo técnico sobre este protocolo, así como de las medidas sanitarias y de higiene emitidas por el Ministerio de Salud.
⦁ Cumplir con el horario vigente establecido por el Ministerio de Salud.
⦁ Los espacios deberán trabajar cumpliendo el mínimo de distancia de 2 metros y el aforo vigente a la fecha, según lo establecido por el Ministerio de Salud.
⦁ Se trabajará con programación de asistencia, de modo que solamente asistan las personas que hayan sacado cita previamente.
⦁ Se debe informar que las personas con síntomas respiratorios No podrán ingresar a las instalaciones; esta disposición aplica tanto para los clientes como para el personal.
⦁ Colocar una rotulación afuera del local para que las personas que esperan su cita para ingresar mantengan la distancia de 2 metros.

⦁ Prohibiciones

Ante la epidemia del COVID-19 se establecen prohibiciones para prevenir el contagio del virus, a través de actividades relacionadas a la práctica del Baloncesto.
⦁ Se prohíben actividades relacionadas al deporte si se ha tenido contacto directo con un paciente positivo o sospechoso de COVID -19.
⦁ Se prohíben actividades relacionadas al deporte si presenta temperatura corporal mayor a 38 °C.
⦁ Se prohíben actividades relacionadas al deporte si se presenta sintomatología en vías respiratorias como mucosidad, tos y pérdida del olfato y gusto.
⦁ Se prohíbe la asistencia a una instalación deportiva o recreativa sin antes tener una cita previa.
⦁ Se prohíbe el compartir artículos personales.
⦁ Se prohíbe compartir botellas de agua o alguna otra bebida.
⦁ Se prohíbe escupir.
⦁ Se prohíbe el ingerir alimentos a la hora de la práctica deportiva o recreativa.
⦁ Se prohíbe el uso de guantes ajenos a la práctica deportiva (ver Anexo 4).


⦁ Reglas de uso de áreas comunes
Cuando se lleva a cabo la práctica del Baloncesto se debe contemplar las áreas comunes las cuales serán frecuentadas por los diferentes actores involucrados en la práctica del deporte.

⦁ Instalación deportiva
⦁ Cada staff de entrenadores debe coordinar y agendar por medio de llamada telefónica o uso de medios digitales las sesiones de entrenamiento a sus atletas.
⦁ Cada administración de la instalación deportiva debe tener una persona encargada de limpieza y mantenimiento y contar con una bitácora de cumplimiento que permita dejar evidencia de los procedimientos y periodos de limpieza.
⦁ La instalación deportiva debe contar con servicios sanitarios con lavatorios limpios, dispensadores de jabón antibacterial líquido y/o alcohol en gel, papel higiénico y toallas de papel desechable para los atletas, cuerpo técnico y personas autorizadas por la FECOBA.
⦁ Posterior a cualquier entrenamiento o competencia las instalaciones deben ser desinfectadas una vez que han sido desocupadas.
⦁ Los protocolos gráficos de estornudo y tos, lavado de manos, otras formas de saludar, no tocarse la cara deben colocarse en espacios visibles, tanto para conocimiento de las personas usuarias, así como sus personas colaboradoras (Ver anexos 1 y 2).
⦁ Previo al ingreso a la instalación cada persona debe cumplir con su protocolo de lavado de manos o en el caso material que imposibilite la instalación de un lavamanos al ingreso, se utilizará como medida alternativa aplicar alcohol gel y dirigirse inmediatamente al lavamanos más cercano para cumplir el protocolo de ingreso.
⦁ Al ingresar se requiere contar con un pediluvio (sistema de desinfección de calzado tipo alfombra).
⦁ El número máximo de personas que pueden estar dentro de la instalación deportiva se define respetando la distancia de mínimo 2 metros entre estas.
⦁ La apertura de las áreas verdes y espacios deportivos al aire libre (áreas comunes) queda a criterio de la administración de la instalación deportiva siempre y cuando se cuente con los recursos para la debida aplicación de protocolos y garantizar la seguridad sanitaria de las personas usuarias.
⦁ Las personas que practican el deporte deben ir sin acompañantes, sin embargo, en el caso de menores de edad o personas con discapacidad pueden ser acompañadas solamente por una persona encargada perteneciente a la misma burbuja y que sea mayor de edad, cumpliendo con todas las medidas generales de higiene.
⦁ Con relación al punto anterior las instalaciones deportivas deben disponer un espacio específico para las personas acompañantes en donde se respeten las disposiciones del Ministerio de Salud.
⦁ En el caso de contarse con parqueo en la instalación deportiva, se debe comunicar a los usuarios el parquear en posición de salida y además se recomienda que las personas acompañantes permanezcan dentro de su vehículo.


⦁ Se debe desinfectar todos los equipos deportivos necesarios para la práctica del deporte antes, durante (cuando aplique) y después de su utilización.
⦁ Se deben lavar las manos antes, durante y después de permanecer en la instalación deportiva (ver Anexo 3).
⦁ La administración de las instalaciones deportivas debe garantizar que poseen agua potable durante los horarios de entrenamiento, esto para asegurar el constante lavado de manos los atletas y miembros de cuerpo técnico, y para los procesos de limpieza y desinfección de las instalaciones. De no contar con servicio de agua la instalación deportiva debe mantenerse cerrada hasta poder garantizar el suministro de agua
⦁ Se debe procurar que TODAS LAS VENTANAS Y PUERTAS ESTEN ABIERTAS A LO MÁXIMO QUE SE PUEDA con el fin de que haya la mejor ventilación posible y co- rrientes de aire para que así no se concentren gotículas y aerosoles respiratorios con- taminados con virus, pues el aire se las lleva. Para más detalles ver Protocolo Sectorial Deporte y Recreación

⦁ Vestidores
Si la instalación deportiva cuenta con vestidores a su disposición se procede a tomar en cuenta los siguientes puntos:
⦁ Se deben limpiar y desinfectar después de que finalice cada sesión de entrenamiento, todas las superficies dentro de los vestidores, con productos que demuestren su eficacia ante el virus.
⦁ Se podrán utilizar los vestidores con una distancia de 2 metros entre usuarios en los vestidores, lo cual debe estar debidamente demarcado.
⦁ Se prohíbe compartir artículos personales.
⦁ Es mandatorio que al momento del ingreso y salida del vestidor se cumpla con el protocolo de lavado de manos o en su defecto se procede a utilizar alcohol en gel y dirigirse inmediatamente al lavamanos más cercano.
⦁ Se debe procurar que TODAS LAS VENTANAS Y PUERTAS ESTEN ABIERTAS A LO MÁXIMO QUE SE PUEDA con el fin de que haya la mejor ventilación posible y corrientes de aire para que así no se concentren gotículas y aerosoles respiratorios contaminados con virus, pues el aire se las lleva.

⦁ Servicios Sanitarios
⦁ El porcentaje de ocupación de los servicios sanitarios se deberá ajustar a las indicaciones del Ministerio de Salud, siempre y cuando la distancia entre las personas sea de 2 metros.
⦁ La administración de la instalación debe garantizar el buen funcionamiento de los servicios sanitarios, así como el suministro de papel higiénico, toallas desechables, alcohol en gel.
⦁ Los servicios sanitarios deben ser limpiados y desinfectados después de que finalice cada sesión de entrenamiento.


⦁ Se debe de contar con una bitácora de desinfección en donde se evidencie las horas en las cuales se ejecuta la desinfección de los servicios sanitarios.
⦁ Se deben limpiar y desinfectar con productos que demuestren su eficacia ante el virus, todas las superficies que se tocan continuamente, como pasamanos, perillas o barras de puertas, mostradores, equipo, entre otros.
⦁ Se debe demarcar dentro de los servicios sanitarios los espacios que pueden ser ocupados por las personas según los 2 metros de distancia entre sí.
⦁ Se deben colocar en espacios visibles, tanto para conocimiento de las personas usuarias, así como de las personas colaboradoras; los protocolos de estornudo y tos, lavado de manos, otras formas de saludar, no tocarse la cara y poblaciones en riesgo, en los idiomas más comunes de atención a las personas usuarias (Ver anexos).
⦁ Se debe procurar que TODAS LAS VENTANAS Y PUERTAS ESTEN ABIERTAS A LO MÁXIMO QUE SE PUEDA con el fin de que haya la mejor ventilación posible y corrientes de aire para que así no se concentren gotículas y aerosoles respiratorios contaminados con virus, pues el aire se las lleva.

⦁ Grifos
⦁ Evitar en la medida de lo posible el rellenado de botellas.
⦁ Cada usuario debe portar su debida hidratación y en el caso requerir un nuevo llenado de la botella deberá desinfectarse las manos previamente y proceder al llenado de su botella (queda prohibido utilizar los lavatorios en donde se realiza el lavado de manos para el llenado de las botellas.)

⦁ Higiene y desinfección
⦁ Se debe usar equipo de protección personal (mascarillas) (ver Anexo 4).
⦁ El equipo de protección personal debe tener ajuste fijo y estable, de forma que no requiera manipulación constante.
⦁ Para el uso de mascarilla debe de:
⦁ Colocarse de manera que haya un ajuste a la nariz, de manera que no permita la transmisión de fluidos.
⦁ Lavar las manos antes y después de ponerse o quitarse la mascarilla.
⦁ La mascarilla no debe ser colocada sobre la cabeza o removida a otra posición.
⦁ El EPP (Equipo de Protección Personal) debe utilizarse en el transporte hasta la instalación deportiva, debe también portar dos mascarillas adicionales almacenados en bolsas selladas para evitar que se contaminen.
⦁ Se debe mantener siempre la distancia mínima de 2 metros entre cada persona (ver Anexo 2).
⦁ Se deben lavar las manos antes, durante y después de las actividades relacionadas al deporte (ver Anexo 3).


⦁ En ningún momento se deben tocar los ojos, bocas ni nariz (ver Anexo 4).
⦁ Se debe toser o estornudar siempre en el ante brazo según lo establece el protocolo de tos y estornudo del Ministerio de Salud.
⦁ Cada persona debe portar un kit de limpieza con alcohol gel de al menos 70%, jabón antibacterial de manos, papel higiénico, 2 toallas o paños pequeños y al menos dos mascarillas (ver Anexo 4).
⦁ Se debe utilizar la vestimenta adecuada en todo momento en los lugares en donde se realicen las actividades relacionadas a la práctica del deporte (ver Anexo 4).
⦁ Se debe traer su propia hidratación (recomendable de 1.5 a 2.5 litros) y se prohíbe compartir entre atletas en ninguna circunstancia. Esta deberá estar rotulada con nombre apellido y número de cédula.
⦁ Durante el periodo de hidratación es mandatorio desinfectarse las manos con alcohol en gel o líquido antes de tomar sus respectivos envases
⦁ Mantener al menos 2 metros de distancia entre personas al hidratarse, utilizando todo el espacio disponible.
⦁ Evitar en la medida de lo posible rellenado de botellas, sin embargo, en el caso requerir un nuevo llenado de la botella deberá desinfectarse las manos previamente y proceder al llenado de su botella (queda prohibido utilizar los lavatorios en donde se realiza el lavado de manos de las personas usuarias para el llenado de las botellas).
⦁ Se debe realizar el cambio de la ropa una vez que fue utilizada al practicarse la actividad física. Para más detalles ver Protocolo Sectorial Deporte y Recreación

⦁ Manejo de residuos

⦁ Procedimiento para el manejo y eliminación de residuos
Los residuos generados durante las labores de limpieza y desinfección que no hayan estado en contacto con una persona detectada como COVID-19 positivo, deben ser clasificados y desechados según los lineamientos del Ministerio de Salud mediante la Ley 8839 y su reglamento sobre la Gestión Integral de Residuos Sólidos. Para tal fin, se recomienda la elaboración de un Plan de manejo de residuos que incluya como requisitos mínimos:

⦁ Información general:
⦁ Nombre de la instalación/actividad.
⦁ Personas responsables del manejo de residuos sólidos.
⦁ Ubicación.
⦁ Horarios de funcionamiento de la instalación o de la actividad.
⦁ Describir el tipo de desechos sólidos generados (características) y las fuentes de generación.

⦁ Manejo de residuos sólidos ordinarios:


⦁ Separación:
⦁ Se recomienda colocar carteles informativos sobre los tipos de residuos que se pueden depositar en cada contenedor (rotulación).
⦁ Cada recipiente debe contener su bolsa plástica.
⦁ Los residuos de guantes, mascarillas, utensilios y equipos de limpieza descartables deben depositarse como residuo ordinario no valorizable, siempre que no haya estado en contacto con una persona declarada como COVID-19 positivo.
⦁ Los galones de desinfectante, alcohol en gel y demás, corresponden a residuos valorizables.

⦁ Recolección:
⦁ Cada vez que la bolsa llegue a un 80% de su capacidad, deberá retirarse y cerrarse por completo, para evitar el desborde.
⦁ Definir la frecuencia de recolección y limpieza de los contenedores de residuos.
⦁ La bolsa plástica de cada contenedor de residuos debe ser reemplazada por una nueva al momento de hacer la recolección de los residuos.
⦁ Se recomienda lavar los recipientes cada vez que se hace el cambio de bolsa, pero de no ser posible, desinfectar la tapa y el borde superior del recipiente.
⦁ Las personas encargadas de la recolección deberán protegerse con guantes mientras realizan estas labores.
⦁ La persona o personas a cargo de esta labor deberán lavarse y desinfectar las manos después de colocar la (s) bolsa (s) de basura en el punto de acopio determinado.

⦁ Acopio y almacenamiento:
⦁ Los residuos valorizables y los residuos no valorizables deben almacenarse de manera separada, evitando que puedan mezclarse.
⦁ El almacenamiento debe ser en sitios cerrados y de fácil limpieza, bien identificados y separados para facilitar su gestión.
⦁ Se recomienda rociar la parte exterior de las bolsas de los residuos no valorizables que se van a desechar con solución de cloro.


⦁ Disposición final:
⦁ Los residuos valorizables deberán gestionarse ante una empresa debidamente autorizada por el Ministerio de Salud.
⦁ Los residuos no valorizables deben gestionarse con el servicio de recolección municipal donde hay disponibilidad o, caso contrario, realizar la contratación para tal fin.
⦁ Manejo de residuos peligrosos:
⦁ Los residuos peligrosos deben manipularse utilizando el equipo de protección personal requeridos.
⦁ Deben ser almacenados específicamente en bolsas de color rojo.


⦁ El acopio de los residuos peligros debe realizarse en lugares techados y alejados de los centros de acopio de los demás residuos.

⦁ Los residuos derivados de las tareas de limpieza y desinfección, tales como utensilios de limpieza y EPP desechables, deben ser eliminados.

⦁ Colocar recipientes con tapa y pedal (preferiblemente) para el depósito de cada uno de los diferentes tipos de residuos valorizables y no valorizables.

⦁ Forma y la frecuencia de la limpieza de los contenedores de basura dentro de las instalaciones del lugar de trabajo.
⦁ Para hacer el retiro de los residuos se utilizarán guantes, las bolsas deberán estar cerradas y no se deberán presionar para hacer más espacio.
⦁ Después del descarte de las bolsas, se procede al lavado de manos.
⦁ La limpieza debe ser registrada, ya sea, en un formato o en una bitácora y será definida según el área y la presencia de alto tránsito de usuarios.

Cada subsector, Federación, Asociación, organización deportiva o recreativa deportiva deberá tener un plan de manejo de residuos específico, ya sea para su instalación, para competencia o para la práctica del deporte o actividad recreativa deportiva.

⦁ Actuación ante casos confirmadas con COVID -19
⦁ Toda persona que ha estado con síntomas de resfrío y que ha estado en contacto con personas que fueron diagnosticadas como casos sospechosos, probables o confirmados, deben acudir al centro médico de la empresa o EBAIS correspondiente para la valoración médica respectiva, durante este período el centro médico le otorgará una incapacidad por el tiempo que sea necesario.
⦁ Si una persona que es diagnosticada como caso “probable” o “confirmado”, ya sea por un contagio dentro o fuera del centro de trabajo debe seguir las instrucciones suministradas por el establecimiento de salud o el protocolo definido por el Ministerio de Salud para estos casos y comunicarlo de manera inmediata a la organización.
⦁ Si la persona ha sido diagnosticada con Coronavirus (COVID19) por un médico debe:
⦁ Mantenerse en “aislamiento domiciliar”
⦁ Cumplir con las indicaciones de “aislamiento domiciliar” oficializadas por el Ministerio de Salud.

⦁ Registro de los casos confirmados y contactos directos
Para el registro de los casos confirmados y contactos directos de la persona colaboradora para su documentación e información al Ministerio de Salud, se deberá seguir los siguientes pasos:


⦁ Se comunicará por parte de la autoridad asignada a todo el personal la situación y se realizará el monitoreo de las personas que presenten síntomas posteriores a la confirmación del caso, aún si no mantuvieron contacto cercano con la persona afectada.
⦁ Si la persona confirmada tuvo contacto físico con compañeros (as) se les deberá comunicar de manera inmediata y estos deberán ser registrados.

⦁ Mecanismo para reportar a la dirección de área rectora
Para reportar a la dirección de área rectora más cercana del Ministerio de Salud en caso de presentarse casos confirmados, la persona colaboradora que presenta síntomas por COVID-19, actúa de acuerdo con los siguientes pasos:

⦁ Comunicarse inmediatamente al Sistema de Emergencias, mediante la línea telefónica 1322 para efectos de coordinar asistencia. Sujeto al protocolo de manejo clínico de los casos sospechosos o confirmados de COVID-19 del Ministerio de Salud o de la CCSS.
⦁ No suministrar ningún medicamento, el centro de salud se encargará de brindar las indicaciones correspondientes.
⦁ Se llevará a cabo una limpieza profunda de todas las áreas de las instalaciones o infraestructura física cuando se confirme el caso, por lo que se enviará a todo el personal para sus casas.
⦁ La autoridad asignada se hará cargo de levantar una lista de las personas que estuvieron en contacto directo con la persona que presenta síntomas por COVID-19, indicando nombre completo, número de teléfono y correo electrónico, para ser enviado al Ministerio de Salud.

⦁ Logística específica para práctica deportiva
⦁ Entrenamiento
⦁ Mini Baloncesto: (Menores 12 años)
⦁ Se permiten trabajos y sesiones de entrenamiento personalizado e individualizado, manteniendo siempre las distancias con un mínimo de 2 metros por persona, utilizando la metodología de entrenamiento que garantice evitar contacto físico entre los atletas y acatando el distanciamiento indicado.
⦁ No se permiten las actividades de fogueos o competencia entre grupos de una misma organización o entre los grupos de diferentes organizaciones de esta categoría.
⦁ Liga Menor: (13 a 18 años)
⦁ Se permiten trabajos y sesiones de entrenamiento personalizado e individualizado, manteniendo siempre las distancias con un mínimo de 2 metros por persona, utilizando la metodología de entrenamiento que garantice evitar contacto físico entre los atletas y acatando el distanciamiento indicado.


⦁ Se permite trabajos y sesiones de entrenamiento colectivas para las edades comprendidas entre los 13 – 18 años, manteniendo siempre los mismos 10 atletas por sesión, permanentemente.
⦁ No se permiten las actividades de fogueos o competencia entre grupos de una misma organización o entre los grupos de diferentes organizaciones de esta categoría.
⦁ Selecciones Nacionales:
⦁ Se permiten trabajos y sesiones de entrenamiento personalizado e individualizado, manteniendo siempre las distancias con un mínimo de 2 metros por persona, utilizando la metodología de entrenamiento que garantice evitar contacto físico entre los atletas y acatando el distanciamiento indicado.
⦁ Se permite trabajos y sesiones de entrenamiento colectivas para los equipos de selecciones nacionales con un máximo de 15 atletas por categoría, con la posibilidad de realizar competencias entre categorías debido a la exigencia de la práctica para competencias internacionales.

⦁ Alto Rendimiento (élite):
Se permite trabajos y sesiones de entrenamiento colectivas para los equipos de alto rendimiento con un máximo de 15 atletas, con la posibilidad de realizar competencias entre equipos debido a la exigencia del campeonato nacional.
⦁ Liga Superior:
Se permite trabajos y sesiones de entrenamiento colectivas para los equipos de alto rendimiento con un máximo de 20 atletas, con la posibilidad de realizar competencias entre equipos debido a la exigencia del campeonato nacional.
⦁ Todas las selecciones nacionales, equipos, clubes, asociaciones, etc. Deben de comunicar a la Comisión Médica Integral de la FECOBA mediante correo electrónico la siguiente información:
⦁ Horarios de entrenamiento de la respectiva selección nacional, equipos, clubes, asociaciones, etc.
⦁ Nombre completo y número de identificación (cédula, NITE, DIMEX) de las personas que conforman el cuerpo técnico
⦁ Instalación deportiva adonde se realizan las sesiones de entrenamiento, dirección exacta, distrito y cantón.
⦁ Nombre completo, número de identificación (cédula, NITE, DIMEX), número de teléfono, correo electrónico, y puesto dentro de la organización que desempeña el representante de la misma.


⦁ Antes del entrenamiento
⦁ La persona involucrada en el entrenamiento debe portar siempre su EPP en el medio de transporte que utilice.
⦁ Las personas deben saludarse según las indicaciones decretadas por el Ministerio de Salud.
⦁ La persona involucrada en el entrenamiento debe portar al menos dos mascarillas en bolsas con cierre hermético para su respectivo cambio.
⦁ Previo al ingreso a la instalación cada persona debe cumplir con su protocolo de lavado de manos o en el caso material que imposibilite la instalación de un lavamanos al ingreso, se utilizará como medida alternativa aplicar alcohol en gel y dirigirse inmediatamente al lavamanos más cercano para cumplir el protocolo de ingreso.
⦁ Al ingresar se requiere contar con un pediluvio (sistema de desinfección de calzado tipo alfombra).
⦁ Al ingresar a la instalación deportiva será imprescindible la toma de la temperatura corporal inicial con termómetro digital.
⦁ La persona involucrada en el entrenamiento debe presentarse 15 minutos antes de cada entrenamiento.
⦁ Se debe realizar una breve entrevista por el responsable asignado, teniendo en cuenta las prohibiciones expuestas en el Apartado 7.2 presencia de fiebre, malestar general, tos, dificultad para respirar, pérdida del olfato o alteración en la percepción del sabor de los alimentos.
⦁ Se prohíbe el entrenamiento si la persona presenta fiebre, malestar general, tos, dificultad para respirar, pérdida del olfato o alteración en la percepción del sabor de los alimentos.
⦁ Se prohíbe el entrenamiento si la persona ha tenido contacto familiar o domiciliar de personas con síntomas de gripe o que estén siendo sospechosas de COVID-19.
⦁ Cada equipo, club, academia, organización deportiva, debe realizar una bitácora en donde se indique las personas que asisten al entrenamiento con la siguiente información: (ver anexo 5).
⦁ Nombre completo
⦁ Cédula
⦁ Comprobación de temperatura previo al ingreso a las instalaciones (37° C)
⦁ Preguntas sobre sintomatología COVID-19:
⦁ ¿Ha presentado fiebre los últimos 14 días?
⦁ ¿Ha presentado tos?
⦁ ¿Ha presentado dificultad para respirar?
⦁ ¿Ha presentado perdida de olfato?
⦁ ¿Ha presentado cambio en la percepción del gusto?
⦁ ¿Ha presentado brote/rash en diferentes partes del cuerpo?
⦁ Preguntas sobre nexo epidemiológico COVID-19:


⦁ ¿Ha tenido contacto directo con alguna persona sospechosa y/o positiva por COVID-19?
⦁ ¿Ha visitado algún centro médico en los últimos 14 días?
⦁ ¿Ha tenido contacto con alguna persona que ingresara al país en los últimos 14 días?
⦁ ¿Hay alguien en su hogar con orden de aislamiento por parte del ministerio de salud?

⦁ Durante el entrenamiento
⦁ Mantener la distancia de 2 metros entre las personas deportistas (ver Anexo 2), durante las pausas y siempre que sea posible.
⦁ Mantener la distancia de 2 metros entre las personas deportistas y el cuerpo técnico, durante las pausas y siempre que sea posible.
⦁ No compartir artículos personales.
⦁ Si se van a utilizar implementos deportivos, se debe realizar una limpieza profunda de los mismos antes, durante y después.
⦁ En la siguiente tabla se muestran los implementos deportivos y la frecuencia con la que deben ser desinfectados durante el entrenamiento.

Tabla 1. Frecuencia de desinfección de implementos
⦁ Implementos deportivos ⦁ Frecuencia
⦁ Balones ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Conos ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Vallas multisaltos ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Escaleras ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Suizas ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Obstaculos defensivos ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Obstaculos varios ⦁ Antes y entrenamiento después del
⦁ Se establece como frecuencia de desinfección de manos previo y posterior a cada periodo de hidratación durante la sesión de entrenamiento.


⦁ Después del entrenamiento
⦁ Concluido el entrenamiento se debe realizar el cambio de la ropa que fue utilizada al entrenar.
⦁ Concluido el entrenamiento se debe salir rápido de las instalaciones, la permanencia no debe superar los 15 minutos .
⦁ Antes de salir cada persona debe cumplir con su protocolo de lavado de manos y uso de alcohol en gel.
⦁ Las personas deben portar su equipo de protección personal en todo momento.

⦁ Competencia
La presente sección regirá siempre y cuando se cuente con la autorización del Ministerio de Salud para la implementación de competiciones.
⦁ Este protocolo será vigente para todas las competencias en modalidades de 5 vs 5 y 3 vs 3 de alto rendimiento (élite) y liga superior de baloncesto.
⦁ Los equipos tanto casa como visita en modalidad 5 vs 5 se presentarán a los partidos con un máximo de 12 jugadores, 3 miembros de cuerpo técnico, y personas autorizadas por la FECOBA.
⦁ Los equipos tanto casa como visita en modalidad 3 vs 3 se presentarán a los partidos con un máximo de 4 jugadores, 1 miembro de cuerpo técnico, y personas autorizadas por la FECOBA.
⦁ En partidos que involucren desplazamientos de los equipos menores a 4 horas se recomienda viajar el mismo día. Si es estrictamente necesario permanecer en hotel se debe garantizar el uso individual de habitaciones.
⦁ El cuerpo técnico con un máximo 4 personas por equipo los cuales deberían de guardar el distanciamiento respectivo y al mismo tiempo presentar sus mascarillas personales.
⦁ Dentro del terreno de juego se autoriza 2 miembros del cuerpo técnico por cada equipo en el banquillo.
⦁ El cuerpo arbitral, prensa, cuerpos técnicos, atletas deberán cumplir con el protocolo de lavado de manos y uso de alcohol en gel a su ingreso al gimnasio. Igualmente se debe cumplir con el protocolo de lavado de manos antes de salir al calentamiento, antes de iniciar el partido y luego del descanso.
⦁ El uso de mascarilla es obligatorio, la única excepción es al momento de inicio del partido para jugadores y árbitros.
⦁ El cuerpo arbitral debe tener un espacio propio para cambiarse y hacerlo de forma individual.


⦁ Ningún jugador puede estar a menos de 2 metros del árbitro en cualquier bola muerta, intervalo o tiempo fuera. En los tiempos fuera deberán mantener su distancia entre compañeros de 2 m de distancia.
⦁ Los árbitros se deben retirar de la instalación deportiva con el cambio de uniforme utilizado.

⦁ Antes de la competencia
⦁ Toda persona involucrada en la competencia debe portar siempre su EPP en el medio de transporte que utilice (ver Anexo 4).
⦁ La persona involucrada en la competencia debe portar al menos dos mascarillas en bolsas con cierre hermético para su respectivo cambio.
⦁ Las personas deben saludarse según las indicaciones decretadas por el Ministerio de Salud.
⦁ Previo al ingreso a la instalación cada persona debe cumplir con su protocolo de lavado de manos o en el caso material que imposibilite la instalación de un lavamanos al ingreso, se utilizará como medida alternativa aplicar alcohol en gel y dirigirse inmediatamente al lavamanos más cercano para cumplir el protocolo de ingreso.
⦁ Al ingresar se requiere contar con un pediluvio (sistema de desinfección de calzado tipo alfombra).
⦁ Al ingresar a la instalación deportiva será imprescindible la toma de la temperatura corporal de los atletas, cuerpo técnico y cualquier otra persona que ingrese a las instalaciones. Esta se debe hacer con un termómetro digital
⦁ La persona involucrada en la competencia debe presentarse 30 minutos antes de cada competencia.
⦁ Se debe realizar una breve entrevista por el responsable asignado, teniendo en cuenta las prohibiciones expuestas en el punto 7.2 presencia de fiebre, malestar general, tos, dificultad para respirar, pérdida del olfato o alteración en la percepción del sabor de los alimentos. Esto debe indicarse en la bitácora de asistencia.
⦁ Se prohíbe la competencia si la persona presenta fiebre, malestar general, tos, dificultad para respirar, pérdida del olfato o alteración en la percepción del sabor de los alimentos.
⦁ Se prohíbe la competencia si la persona ha tenido contacto familiar o domiciliar de personas con síntomas de gripe o que estén siendo sospechosas de COVID-19 debe indicarse en la bitácora de asistencia.

⦁ Durante la competencia
⦁ Mantener la distancia de 2 metros entre los deportistas durante pausas del juego. (ver Anexo 2)
⦁ Mantener la distancia de 2 metros entre los deportistas y el cuerpo técnico durante pausas del juego.


⦁ Mantener la distancia de 2 metros entre los deportistas y el público (este punto regirá siempre y cuando se cuente con la autorización del Ministerio de Salud para la apertura al público).
⦁ No compartir artículos personales.
⦁ Si se van a utilizar implementos deportivos, se debe realizar una limpieza profunda de los mismos antes, durante y después
⦁ En la siguiente tabla se muestran los implementos deportivos y la frecuencia con la que deben ser desinfectados durante el entrenamiento.

Tabla 2. Frecuencia de desinfección de implementos

⦁ Implementos deportivos ⦁ Frecuencia
⦁ Balones oficiales ⦁ Antes, durante y después del partido
⦁ Se establece como frecuencia de desinfección de manos previo y posterior a cada cambio autorizado por el cuerpo arbitral.
⦁ En el caso de celebraciones durante la competencia deportiva se prohíbe que exista un acercamiento de menos de dos metros tal y como indica el protocolo sectorial.

⦁ Después de la competencia
⦁ Concluida la competencia se debe realizar el cambio de la ropa que fue utilizada al practicarse la actividad física.
⦁ Concluida la competencia las personas atletas deben salir rápido de las instalaciones. La permanencia no debe superar los 30 minutos.
⦁ Concluida la competencia los cuerpos técnicos deben salir rápido de las instalaciones. La permanencia no debe superar los 30 minutos.
⦁ Concluida la competencia el personal de logística y operaciones debe salir rápido de las instalaciones. La permanencia no debe superar los 60 minutos.
⦁ En el caso de celebraciones después de la competencia deportiva se prohíbe que exista un acercamiento de menos de dos metros tal y como indica el protocolo sectorial.
⦁ Al concluir cada persona debe cumplir con su protocolo de lavado de manos y uso de alcohol en gel.
⦁ Las personas deben portar su equipo de protección personal en todo momento.

⦁ Premiación
Para la premiación después de una competencia se deben seguir los siguientes lineamientos, de acuerdo con las medidas estipuladas por el Ministerio de Salud ante el COVID-19.


⦁ Requerimientos para la instalación en donde se realice la premiación
⦁ Debe garantizar que su instalación tiene el aforo limitado a la cantidad de personas que puedan estar separadas entre sí por dos metros dentro de la instalación.
⦁ La administración debe contar con 2 oficiales de seguridad privada.
⦁ Se debe brindar un espacio específico en donde resguardar trofeos y medalla.
⦁ Se debe reservar el espacio requerido para los materiales de la zona de premiación.
⦁ Se debe delegar a una persona de la administración encargada de coordinar la logística de premiación.

⦁ Zona de premiación
⦁ La cantidad de personas encargadas de realizar la instalación de la zona de premiación son 6 personas como máximo.
⦁ Se debe delimitar la zona de premiación.
⦁ Se debe respetar la distancia de dos metros entre todas las personas involucradas en la premiación.
⦁ Se deben demarcar los espacios dentro de la zona de premiación en donde deben estar delegados y deportistas respectivamente.
⦁ Se debe demarcar el espacio designado para la colocación de las medallas y/o trofeos.
⦁ Antes de ingresar a la zona de premiación las personas deben haber cumplido con el protocolo de lavado y desinfección.
⦁ En la zona de premiación todas las personas deberán de utilizar su equipo de protección personal.

⦁ Personas autorizadas en zona de premiación
⦁ Se debe realizar una lista en donde se indique quienes son las personas autorizadas a ingresar a la zona de premiación (ver anexo 6).
⦁ La lista debe indicar quienes conforman la delegación de premiación y la cantidad exacta de personas.
⦁ La lista debe indicar el nombre de los deportistas y cuerpo técnico
⦁ Esta lista debe estar disponible una semana antes del día de la premiación.
⦁ Se debe enviar la lista la Comisión Médica Integral de la FECOBA al correo electrónico ⦁ Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para su debida aprobación
⦁ Una vez aprobada se debe divulgar y notificar quienes son las únicas personas autorizadas.
⦁ Al notificar a las personas autorizadas se les debe aclarar que la vestimenta es el uniforme completo o de presentación, no se permite pancartas, botellas, gorras, sombreros.


⦁ Entrega de medallas y/o trofeo
⦁ La entrega se hará únicamente a los deportistas y miembros de cuerpo técnico inscritos.
⦁ Los deportistas y cuerpo técnico se deben dirigir en orden a los banquillos, deben ser llamados y cada uno tomar una medalla para colocársela a sí mismos. Conforme toman su medalla se van retirando de la zona de premiación.
⦁ El capitán del equipo será llamado de último y debe colocarse su medalla y dirigirse al espacio donde se ubica el trofeo, lo toma y se dirige al centro de la zona de premiación.
⦁ La fotografía se hace una vez entregados todos los reconocimientos, debe estar claramente establecido el lugar para la misma, manteniendo siempre los 2 metros de distancia entre atletas y cuerpo técnico.

⦁ Prohibiciones en la premiación
⦁ El trofeo no puede ser compartido entre los deportistas.
⦁ El trofeo no puede ser besado.
⦁ No se permite romper el protocolo de distanciamiento en la zona de premiación.
⦁ No se permite más personas de las autorizadas en la zona de premiación.
⦁ Las personas acreditadas no pueden ceder su lugar a otra persona.
⦁ No se permite la celebración en camerinos.
⦁ No se permite el acceso de personas a las zonas restringidas de competencia a la hora de la premiación, solo aquellas acreditadas por la organización deportiva.
⦁ Los periodistas o comunicadores no podrán sobrepasar de la zona delimitada para fotografías, videos, entre otros.

⦁ Comunicación
⦁ Estrategia de comunicación
⦁ Se debe definir un canal de comunicación verbal o escrito, confiable y oficial para compartir información relacionada con el COVID-19 que sea veraz y proveniente del Ministerio de Salud (pizarras informativas, afiches, rotulación oficial en lugares visibles, canales digitales, entre otros).
⦁ Se proporcionará al personal, proveedores y usuarios la información necesaria relativa a las medidas de prevención y contención que se estableció para la emergencia del COVID-19.
⦁ Se deberá colocar en espacios visibles los protocolos de estornudo y tos, lavado de manos, otras formas de saludar, no tocarse la cara y poblaciones de riesgo, en los idiomas más comunes de atención a los turistas. (Ver Anexos).
⦁ La administración proporcionará información de los servicios, así como las disposiciones sobre el acceso, uso de instalaciones y los horarios, en caso de ser necesario, así como los protocolos relacionados con el COVID-19.


⦁ Habrá una persona responsable de mantener y actualizar la información de manera oficial, o en su defecto designará a la persona que considere pertinente para el cargo y hará de conocimiento de todos.

⦁ Sitios oficiales de comunicación
Los medios de publicación del protocolo, una vez aprobado por el Ministro del Deporte, serán:
⦁ ICODER página principal: https:⦁ //www.ic⦁ oder.go.cr
⦁ ICODER Protocolos COVID19: https:⦁ //www.ic⦁ oder.go.cr/protocolos-aprobados- deporte-covid-19
⦁ PROTOCOLOS SECTORIALES PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA: o Protocolos para una reapertura segura: https://covid19.go.cr/protocolos- sectoriales/
⦁ Denuncias: ⦁ Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

12.0 Aprobación, seguimiento y evaluación
Este documento está sujeto a ser actualizado permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y lineamientos sanitarios vigentes, la persona encargada de realizar los cambios a este protocolo será la Comisión Médica Integral de la Federación Costarricense de Baloncesto.
La persona encargada de aprobar las modificaciones o nuevas versiones de este documento es la Ministra del Deporte Karla Alemán Cortés.
La práctica deportiva o competitiva, conforme está definido en el presente Protocolo, queda sujeto a la Habilitación del Ministerio de Salud y una vez que suceda cumplir con lo establecido en este protocolo.

 


Karla Alemán Cortés

Ministra del Deporte Presidente

Visto Bueno 

Franklin Martínez Arias 


Presidente de la Federación Costarricense de Baloncesto


13.0 Anexos

 

 


Anexo 1. Detenga el contagio del COVID-19

 Puede ser una imagen de una o varias personas

 

 

 

 


Anexo 2. Indicaciones al salir de casa

Puede ser una imagen de texto que dice "Ministerio Salud Si usted tiene que salir de casa, protéjase del COVID-19 Distancia entre personas 2mts de los demás Lávese las manos con agua jabón frecuentemente Procure no tocarse la cara Si no se ha lavado de manos"


Anexo 3. Indicaciones al salir de casa

 

Puede ser una imagen de una o varias personas
Anexo 4. Infografía Protocolos Específicos

 

 

 

No hay ninguna descripción de la foto disponible.
Anexo 5. Bitácora de cada entrenamiento

 


Nombre del equipo
Nombre de la instalación deportiva
Fecha



Anexo 6. Lista de personas admitidas en la zona de premia
Deportistas y cuerpos técnicos.