El Campeonato COCABA U16 Femenino 2012 se realizará la tercera semana de noviembre en Honduras

 

 

 

 

International Basketball

Federation

Americas Zone

Al Presidente y Secretario General de las Federaciones Nacionales de Baloncesto de:

Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá

 

4 de septiembre del 2012

 

 

Ref.:  Campeonato COCABA U16 Femenino 2012

22 – 28 de octubre del 2012

Tegucigalpa, Honduras

 

 

Estimado Sr. / Sra.:

 

A continuación encontrará:

 

? Lista Oficial de Jugadores

? Formularios de Inscripción (serán enviados por correo tradicional en las próximas

semanas)

? Formularios Jugadores Naturalizados

? Certificación de participación (o no participación) dentro del equipo nacional de una

federación

? Lista Oficial de Entrenadores (será enviado por correo electrónico en las próximas

semanas)

? Formulario Individual de Información de Entrenadores (será enviado por correo

electrónico en las próximas)

 

1. Lista Oficial de Jugadores

 

La lista debe estar correctamente completa, estampada y firmada por una persona autorizada por la

Federación Nacional y enviado a Secretaría de FIBA antes de la fecha presentada. Una vez la fecha

límite haya expirado, la lista será considerada FINAL and quedará validada para todos los juegos

antes nombrados para su equipo. Sin embargo:

 

a) Cambios pueden ser hechos a la lista antes de la fecha límite establecida (28 de

septiembre de 2012), siempre y cuando estén acompañados por los documentos

necesarios para probar elegibilidad.

b) Cualquier cambio hecho después de la fecha límite solo será considerado en

excepciones y serán sujetos a una fianza de CHF 3000 (por jugador).

c) Ningún cambio o adición a la Lista Oficial de Jugadores siete (7) días antes del primer

juego de la Competencia antes mencionada.

 

Se podrán registrar hasta veinticuatro (24) jugadores en lista de los cuales solo podrá retener doce (12)

de su decisión para la Competencia antes mencionada. Podrá tener un máximo de un (1) jugador que

haya obtenido la nacionalidad de su país por naturalización o por cualquier otro medio después de la

 

 

 

 

 

 

 

 

edad de dieciséis (16) años en la selección final de doce (12) jugadores (Ver Regulaciones Internas

FIBA, Libro 3, Artículo 21).

 

Esta provisión aplica a cualquier jugador que tenga derecho a recibir una segunda nacionalidad al

nacer pero que no se reclamó hasta justo después de cumplir dieciséis (16) años.

 

Entrega tardía de la lista y/o elegibilidad requerida será considerada bajo los Artículos 118-124 (ver

Libro 3 de las Regulaciones Internas FIBA).

 

Favor prestar atención particular al completar las siguientes columnas de la Lista de Jugadores:

 

1.1. Lugar de Nacimiento: favor proveer la ciudad y el país  de nacimiento de cada jugador.

 

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1.2. Nacionalidad (por nacimiento) y nacionalidad actual: si un jugador tiene doble o triple

nacionalidad, favor informarlo en esta columna.

 

1.3. Número de tarjeta de identidad FIBA: en caso que la FIBA ya haya emitido una tarjeta de

identidad (ver más abajo) en ocasión de una competencia previa, se le pedirá, si es posible, y

provea el número.

 

1.4. Número de Formulario de Registro: cada jugador en la Lista Oficial de Jugadores tendrá que

completar y firmar una nueva Declaración (dando toda la información requerida).

Declaraciones firmadas en el pasado no serán válidas. Favor anotar el número de ésta

Declaración en la columna adecuada.

 

 

2. Tarjetas de Identidad FIBA y Documentos Requeridos

 

Todos los jugadores tienen que poseer una Tarjeta de Identidad FIBA.

Para poder proveer una Tarjeta nueva, favor enviar los siguientes documentos:

 

a) Copia original certificada del Certificado de Nacimiento.

Fotocopia  del/os pasaporte(s) del jugador dando el apellido y nombres ( y si aplica, el/los

nombre(s) anterior(es))

 

b) Dos (2) fotos tamaño pasaporte idénticas tomadas durante los 3 meses anteriores a la

Competencia.

 

c) FIBA se reserve el derecho a requerir cualquier otro documento que se considere

necesario.

Favor notar que los jugadores que ya tienen la Tarjeta de Identidad FIBA tienen que

presentarla en le Torneo.

 

3. Formularios de Registro

 

Todos los jugadores en la Lista Oficial de Jugadores deben completar y firmar este formulario.

Entonces, el Formulario debe ser devuelto a la Secretaría de FIBA junto con cualquier otro

documento requerido de elegibilidad. Para menores, en adición, el Formulario de Registro debe ser

firmado por un padre/tutor legal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Todos los otros participantes (entrenadores, oficiales, miembros de la delegación) tendrán también

que completar y firmar el Formulario de Registro antes de que puedan ser autorizados a participar en

la Competencia antes mencionada. De otra manera, no podrán ser acreditados para la Competencia.

Favor notar que  este Formulario tiene que ser completado por cada participante para cada

competencia oficial FIBA.

 

 

4. Formularios de Control de Dopaje (para pruebas antes y después del Evento)

 

Pruebas de dopaje no anunciadas podrán ser llevadas a cabo por WADA fuera de “tiempo de

competencia”.

 

Para la competencia en proceso, este periodo se define de la siguiente manera: “14 días antes de la

Competencia, durante e incluyendo 48 horas después del ultimo juego del equipo en

cuestionamiento.”

 

FIBA realizará pruebas durante ambos, dentro y fuera de la competencia.

 

Con ese propósito y en acuerdo con los artículos 5.5 y 5.10 en el Libro 4 de las Regulaciones Internas

que regulan Anti-Dopaje, por favor proveer en la fecha indicada los siguientes formularios (también

disponible en www.fiba.com/Experts/Medical Corner).

 

4.1. Circular de Consentimiento de Jugador

 

Este formulario debe estar debidamente completos con la dirección física actual y la dirección del

club más reciente, firmada por cada jugador y presentar una foto tamaño pasaporte (tan reciente como

de 3 meses). La foto del jugador debe estar adjunta al Formulario (no grapada). Si el jugador es

menor; el Formulario debe estar firmado por el Padre/Tutor Legal.

 

El formulario debe estar firmado con fecha por una persona autorizada por la Federación Nacional, y

con el sello de la Federación.

 

El formulario completado debe llegar a la Secretaría de FIBA en Geneva, Suiza, 6 semanas antes del

comienzo de la Competencia. Para los jugadores que se unan al equipo luego, el formulario debe ser

enviado por correo en el día de su registración oficial con ese equipo.

 

Nota: cada jugador en esa lista tiene que completar un nuevo consentimiento para cada competencia

oficial de FIBA.

 

4.2. Localización de Formularios para Equipos

 

Los formulario debidamente completados  y un itinerario detallado del equipo tiene que llegar a la

Secretaría de FIBA en Geneva, Suiza 6 semanas antes de el comienzo de la competencia.

 

 

 

 

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5. Formulario de Jugadores Naturalizados

 

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El formulario debe estar debidamente completado, estampado y firmado por la Federación Nacional

para cada jugador naturalizado, y devuelto a FIBA con los otros documentos requeridos.

 

 

6. Documentación requerida para jugadores con varias nacionalidades legales

 

6.1. Doble nacionalidad por nacimiento:

 

a) La Federación Nacional debe informar a la Secretaría de FIBA de todos los jugadores que

tengan doble nacionalidad por nacimiento, dando detalles en una hoja de papel separado.

 

b) Fotocopia del pasaporte(s) dando los apellidos y nombre (si aplica, el nombre anterior),

fecha y lugar de nacimiento y su nacionalidad legal, al igual que la fecha de expiración de

el(los) pasaporte(s).

 

c) Copia original del certificado de nacimiento.

 

d) Certificado indicando si el jugador ha participado o no con otras federaciones nacionales

en alguna competencia oficial de FIBA.

 

e) Declaración firmada por el jugador confirmando que el/ella decide representar su país y

reconoce que el/ella no podrá representar a ningún otro país.

 

6.2 Nacionalidad legal adquirida por Naturalización

 

Jugadores que han adquirido nacionalidad por naturalización, deberán enviar los siguientes

documentos a la Secretaría de FIBA:

 

a) Certificado confirmando la nacionalidad legar adquirida.

 

b) Formulario de jugar naturalizado debidamente completado, con fecha, con sello y firmado por

la Federación Nacional a quién concierne.

 

c) Certificado de la Federación Nacional previa confirmando si el jugador participó o no con el

equipo nacional de la Federación Nacional anterior en alguna competencia oficial FIBA.

 

d) Fotocopia del(los) pasaporte(s) dando los apellidos completos (y si aplica, el nombre formal

anterior), fecha de nacimiento y nacionalidad legal, así como la fecha de expiración del(los)

pasaporte(s).

 

e) Declaración firmada por el jugador informando que el/ella decide representar su país y

 

reconoce que el/ella no podrá representar ningún otro país.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.3  Derecho a la doble nacionalidad por nacimiento reclamado, sin embargo, más adelante

 

 

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a) Carta de la Federación Nacional explicando el estatus nacional del jugador.

 

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b) Certificado confirmando la nacionalidad legal adquirida. El documento oficial tiene que

mostrar cuando (fecha exacta) el jugador está utilizando ese derecho.

 

c) Certificado de la Federación Nacional anterior informando si el jugador ha participado o no

en alguna competencia oficial FIBA  para el equipo nacional de la Federación Nacional

anterior.

 

d) Fotocopia del/los pasaporte(s) dando los apellidos y primeros nombres (y si aplica, nombre

oficial anterior), fecha y lugar de nacimiento y nacionalidad legal, al igual que la fecha de

expiración del(los) pasaporte(s).

 

e) Fragmento de la Constitución de su país explicando cómo y desde cuando el jugador recibió

la nacionalidad en cuestionamiento.

 

f) Declaración firmada por el jugador informando que el/ella decide representar su país y

reconoce que el/ella no podrá representar ningún otro país.

 

Observaciones:

 

Las Regulaciones Internas de FIBA han sido enmendadas con respecto a los jugadores con dos o más

nacionalidades que los pasaportes fueron realizados luego de los dieciséis (16) años.

 

El Artículo 21 del Libro 3 dice como sigue:

 

a. Un equipo nacional participando en una competencia FIBA puede solo tener un jugador en su

equipo que haya recibido la nacionalidad legal de ese país por naturalización o de cualquier

otra manera después de haber cumplido dieciséis (16) de edad. Esta provisión aplica también

a cualquier jugador que tenga derecho a recibir una segunda nacionalidad al nacer pero no se

hizo el reclamo de dicho derecho hasta después de haber llegado a los dieciséis (16) años de

edad.

 

b. Para propósitos de la letra (a) anterior, en el caso que el jugador reclama tener doble

nacionalidad antes de haber llegado a la edad de dieciséis (16), sin presentar la el pasaporte

respectivo con fecha de expedición antes del cumpleaños dieciséis (16) del jugador, el

Secretario General puede decidir a su discreción si el jugador cae bajo la restricción de la letra

(a) anterior. Teniendo que toma esta decisión, el Secretario General tendrá que tomar en

consideración lo siguiente:

 

- El número de años que hace que el jugador lleva viviendo en el país, para el equipo nacional

de donde desea jugar;

 

- El número de temporadas las cuales el jugador ha participado en competencias domésticas en

el país del equipo nacional del que quiere ser parte.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

- Cualquier otro criterio capaz de establecer una unión significante entre el jugador y el país,

 

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para el cual desea ser parte del equipo nacional.”

 

7. Lista Oficial de Entrenadores

 

La lista debe estar debidamente complete, con sello y firmada por una persona autorizada por la

Federación Nacional. La lista tiene espacio para seis (6) nombres de entrenadores.

 

La lista debe ser devuelta a al Secretaría de FIBA antes de la fecha límite (dos (2) meses antes de la

fecha de comienzo de la competencia) junto con los documentos necesarios requeridos para probar

elegibilidad para todos los entrenadores en la lista (Artículo 3-119 de las Regulaciones Internas FIBA)

 

Una vez la fecha límite haya expirado, la lista se considerará FINAL y permanecerá válida para todos

los juegos de su equipo. Sin embargo:

 

a. Cambios pueden ser hechos a la Lista de Entrenadores antes de la fecha límite provista

después que estén acompañados por cualquier documento que sea requerido para probar la

posesión de una Licencia de Entrenador Aprobada por FIBA (Artículo 3-120 de las

Regulaciones Internas FIBA)

b. Cualquier cambio hecho después de la fecha límite sólo serán considerados bajo condiciones

excepcionales y serán sujetos a una multa de CHF 3000 a CHF 5000 por entrenador (Artículo

3-120 y 3-303 de las Regulaciones Internas FIBA)

c. No se aceptará ningún documento o ningún cambio, después de siente (7) días antes de que

comience la competencia (Artículo 3-121 de las Regulaciones Internas FIBA)

 

Cada miembro de la federación tiene que declarar un máximo de tres (3) entrenadores (uno de ellos

el Entrenador Oficial) de su predilección a más tardar en la reunión de los equipo que se lleva a cabo

con el Comité Técnico antes del comienzo de la competencia.

 

Un entrenador debe tener en su posesión una Licencia Aprobada por FIBA para poder actuar como

Entrenador Oficial (Artículo7.5 de las Reglas Oficiales de Baloncesto) de un equipo nacional

participando en las Competencias de FIBA. (Artículo 3-182 de las Regulaciones Internas FIBA)

 

En la reunión con los equipos el día antes del comienzo de la Competencia, los Delegados Técnicos

de la FIBA verificarán la elegibilidad de los entrenadores. Si el entrenador se presenta en la

Competencia FIBA y el/ella no está en la lista de esos entrenadores aprobados para dicha

Competencia, el/ella no podrá sentarse en el banco con el equipo.

 

8. Sanciones

 

Sea recordado que cualquier infracción alguna de estas provisiones puede resultar en una sanción,

notablemente una multa y/o suspensión de un derecho, en acuerdo con el Capítulo VI “Sanciones” y

el Libro 1 y en las Regulaciones Internas FIBA y el artículo 10 en el Libro 4  de las Regulaciones

Internas de FIBA regulando Anti-Dopaje.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Le agradeceremos completen el envío de los documentos a los siguientes correos electrónicos:

 

 

 

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Srta. Yolanda Quintero –  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Sr. Néstor Rodríguez –   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Departamento de Elegibilidad

FIBA Américas

 

 

 

Fuente:

Departamento de Elegibilidad

FIBA

 

 

 

 

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