Liga de baloncesto Universiatrio

LIGA DE BALONCESTO UNIVERSITARIO LBU-2010

 

Normativa General

 

Capítulo I

 

Propósitos

 

Artículo 1

La Liga de Baloncesto Universitario busca ser una manifestación de confraternidad Inter-universitaria del país por medio de la promoción participativa.

 

Artículo 2

Con la organización y desarrollo de la Liga Universitaria de Baloncesto, se busca hacer valer los fines y principios de confraternidad y deportivismo en el seno de las instituciones de educación superior involucradas, a fin de que se observen en el desarrollo de las Ligas, un comportamiento acorde con su envestidura.

 

Capítulo II

 

Disposiciones Generales

 

Artículo 3

La Liga de Baloncesto Universitario están bajo el auspicio y planificación de la Comisión Deportiva del Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y la Federación Costarricense Universitaria de Deportes (FECUNDE) quien delega su organización y administración a una de las universidades miembros de FECUNDE como organizadora de la Liga,

 

Artículo 4

 

La Liga de Baloncesto Universitario esta sometida a las disposiciones reglamentarias según descritas. Al inscribirse, las universidades, los y las deportistas, miembros del cuerpo técnico y representantes aceptan que las conocen y se someten a las mismas.

 

 

Capítulo III

De la Organización

 

Artículo 5

 

La organización y desarrollo de la Liga de Baloncesto Universitario 2010, estará a cargo de la Universidad Nacional (UNA), la cual asignará a un Comité Organizador los cuales serán los responsables de la coordinación, organización desarrollo y supervisión de la misma ante el Comisión de Deportes de CONARE y de FECUNDE.

 

 

 

 

Capítulo IV

 

Del Comité Organizador

 

Artículo 6

 

La universidad organizadora de cada Liga, convocara a una reunión a los representantes de las otras universidades miembros de FECUNDE que participaran en la Liga así como de las universidades invitadas, dentro de las funciones de la comisión están:

 

A) Cumplir y hacer cumplir el estatuto de FECUNDE, el reglamento y normas específicas de la Liga.

 

B) Presentar un informe final al Comité Ejecutivo FECUNDE.

 

C) Crear las comisiones de trabajo, que considere necesarias para el buen desarrollo de la Liga.

 

 

Artículo 7

 

Para el desarrollo de la Liga se integrarán al menos las siguientes comisiones:

 

Comisión Disciplinaria.

Comisión de Competición

 

Capítulo V

 

De la Comisión Disciplinaria

 

Artículo 8

 

La Sub Comisión técnica de la Comisión Deportiva de CONARE y de FECUNDE fungirá como la Comisión Disciplinaria, la cual será coordinada por el representante de la Universidad que presida la Comisión Deportiva de CONARE.

 

Artículo 9

 

Ninguna persona acreditada como, árbitro o integrante de un cuerpo técnico ante la Liga correspondiente, podrá fungir como miembro de la Comisión Disciplinaria.

 

Artículo 10

 

De presentarse una situación especial que amerite la intervención de la Comisión Disciplinaria, el Comité Organizador de la Liga lo elevará a dicha instancia para que haga el análisis correspondiente y se pronuncie al respecto.

 

Artículo 11

Las protestas y apelaciones de la universidad participante en la LBU 2010 deben de realizarse en un plazo máximo de 2 días hábiles después de haber sucedido el hecho.

 

Artículo 12

 

Los fallos de la Comisión Disciplinaria, quedarán firmes a partir de la fecha y hora en que fueren aprobados por simple mayoría, lo cual deberá ser comunicado de inmediato y por escrito a las partes interesadas.

 

Artículo 13

 

Los fallos de la Comisión Disciplinaria podrán ser apelados ante la Comisión Deportiva de CONARE, como última instancia para su eventual pronunciamiento.

 

 

Capítulo VI

 

De los Participantes

Artículo 14

 

En la LBU 2010 podrán participar todos aquellos estudiantes-atletas que sean alumnos regulares y activos de las instituciones de enseñanza superior que representen al momento de la realización de las Liga, condición que demostrarán con listados certificados por las respectivas Oficinas de Registro de cada Institución, así como con la firma del encargado del Área de Deportes y Recreación de cada Institución.

 

Artículo 15

 

Los estudiantes-atletas participantes y deben de tener como mínimo 4 créditos aprobados el semestre inmediato-anterior a su inscripción, así como estar matriculado en al menos 4 créditos durante el semestre de su participación en la competición; excepto los casos de estudiantes de primer ingreso quienes deben tener matriculados al menos 4 créditos. Los Casos de excepción serán conocidos por el comité organizador y elevados para su conocimiento a la Comisión Deportiva de CONARE.

 

Articulo 16

 

El deportista que sea estudiante regular en varias Instituciones, sólo podrá ser inscrito por una de ellas en cada una de las Ligas desarrolladas por FECUNDE.

 

Artículo 17

 

Cada Institución podrá inscribir participantes en las Ligas que a bien tenga, sin que esto sea usado como argumento para solicitar cambio de fecha y hora de los partidos o pruebas previamente programados.

 

 

 

 

 

 

 

 

Capítulo VII

 

De las Inscripciones

 

Artículo 18

 

Para poder inscribirse y participar en la LBU 2010, la Institución de Enseñanza Superior deberá enviar por escrito a la Universidad Organizadora con copia al Comité Ejecutivo de FECUNDE, la Inscripción con los siguientes requisitos:

 

• Listado de estudiantes-atletas, dicha lista debe incluir nombre completo, número de carné, número de cédula, y deberá ser firmada por el jefe de la Oficina de Registro correspondiente. Además, de adjuntar los historiales académicos de cada estudiante inscrito, así mismo adjuntar el nombre del representante titular y suplente ante el comité organizador.

• Los y las atletas-estudiantes deben ser actualmente estudiantes activos y activas de la Institución.

• Haber aprobado mínimo 4 créditos en el ciclo lectivo anterior a la Liga y haber matriculado en ciclo lectivo en que se realiza la Liga al menos 4 créditos.

• Si es un o una estudiante de primer ingreso deberá haber matriculado al menos como mínimo 4 créditos, se permite un máximo de 4 estudiantes de primer ingreso inscritos.

• Se podrá inscribir un mínimo de 8 jugadores y un máximo de 15 jugadores. Además podrá desinscribir e inscribir un máximo de 5 jugadores durante la primera etapa de la Liga.

• Cancelar el monto de inscripción de ¢ 75 000.00 colones por equipo.

 

Artículo 19

 

Todos los trámites de inscripción deben de ser en papel y realizados en computadora, según documento oficial entregado por la organización para dicho fin, además se debe entregar copia digital al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

Capítulo VIII

 

De la Competición

 

Artículo 20

 

Los miembros del cuerpo técnico y representantes están obligados a infundir en sus atletas el mayor espíritu de disciplina, respeto y deportivismo acatando, éstos, sin protesta las decisiones de los jueces, procurando que la competición trascurra con toda normalidad.

 

Artículo 21

 

Una vez entregado a los representantes de las Instituciones participantes los requisitos y documentos oficiales de reglamentación y programaciones de las Ligas, no podrán abstenerse de participar, salvo en caso de imprevistos que serán resueltos por la Comisión Deportiva de CONARE y de FECUNDE.

 

Artículo 22

Las Ligas se regirán con base en los siguientes reglamentos y en el orden que aparecen:

 

1. FECUNDE

2. El reglamento de las Ligas Universitarias.

3. Normativa FECOBA

4. Reglamento FIBA

 

Artículo 23

 

Durante la competición deberá presentar el documento de identificación aprobado por el Comité Organizador, el cual será la única forma de acreditación para las competencias, quien no lo presente no podrá participar. En caso de extravío el delegado de la Institución, podrá solicitar su reposición a dicho Comité, en el menor tiempo posible.

Para el caso de la LBU 2010 el documento de identificación será la Cédula de Identidad o carnet universitario con la fotografía respectiva

 

Artículo 24

 

Ningún equipo podrá retractarse de jugar el día hora e instalación planteada en el Calendario Oficial.

 

Artículo 25

 

El equipo (entiéndase cuerpo técnico y jugadores) que no se presente a un juego y no justifique su ausencia en un máximo de dos días hábiles, perderá los puntos en disputa y será sancionado según la normativa establecida. Así como aquel que no presente la documentación oficial de participación 20 minutos antes de iniciar la competencia.

 

 

Artículo 26

 

El o la deportista, así como del cuerpo técnico que no presente la identificación oficial avalada por el comité organizador no podrá participar en el juego.

 

Artículo 27

 

Los partidos no podrán suspenderse excepto por situaciones de fuerza mayor, únicamente el coordinador general del Comité Organizador, la Comisión Deportiva de CONARE y de FECUNDE o los Árbitros podrán suspender un encuentro, quienes deberán revisar los equipos y rendir informe a más tardar 24 horas después. En todo caso el Comité Organizador resolverá cualquier situación tomando todos los elementos de juicio para una mejor resolución.

 

 

 

 

 

 

Artículo 28

 

Para efectos de establecer las clasificaciones, cuando un equipo se retire o sea sancionado con su exclusión de la competencia, se considera como si no hubiese participado en la misma.

 

Artículo 29

 

Jugadores(as), miembros del cuerpo técnico y representantes que se encuentran en duda de estado de ebriedad o de otro fármaco, no se les permitirán su participación, ya sea por el árbitro o el delegado.

 

Capítulo IX

 

De los Árbitros y Jueces

 

Artículo 30

Los árbitros y jueces nombrados por la organización, no estarán vinculados con las Instituciones participantes.

 

Artículo 31

 

Los árbitros y jueces deberán estar acreditados por la Federación Costarricense de Baloncesto (FECOBA).

 

Artículo 32

 

Los árbitros y jueces deberán presentar un informe después de cada partido , el cual deberán de entregar al delegado general respectivo en un lapso no mayor a 24 horas luego de finalizado el partido.

Capítulo X

 

De las Apelaciones y penas

 

Artículo 33

Los y las capitanes de los equipos tienen derecho a formular en el acta del partido apelaciones o protesta y posteriormente presentarlo ante el Coordinador del Comité Organizador o ante un miembro de la Comisión Deportiva de CONARE y de FECUNDE quien lo trasladará a la Comisión de Disciplina a más tardar 48 horas (2 días hábiles) después de concluido el partido. Estas apelaciones deben presentarse con la firma del representante (delegado) y del equipo apelante, con copia al equipo rival.

 

Artículo 34

 

La Comisión de Disciplina examinará y resolverá sobre los hechos que figuren en las actas de los árbitros. No se podrá en caso alguno anular el resultado de los partidos por causas no expresamente establecidas en estas normas.

 

 

Artículo 35

 

Las apelaciones, serán resueltas como máximo antes de la siguiente competencia del equipo o deportista involucrado. En casos especiales es obligante para la Comisión Disciplinaria, resolver en un tiempo menor.

 

Artículo 36

 

Expirado el plazo, no se podrá presentar nuevas apelaciones o reclamos, ni referirse a otro hecho que los que ya constan en el informe arbitral o en la apelación que anteriormente haya formulado la Institución reclamante.

 

Artículo 37

 

Para imponer una pena, la Comisión de Disciplina deberá basarse en los informes arbítrales, y el comisionado, en caso que así se amerite, de jugadores, miembros del cuerpo técnico y representantes.

 

Inciso I: Ninguna suspensión impuesta podrá ser dejada sin efecto.

 

Inciso II: Los fallos de la Comisión de Disciplina quedarán firmes a partir de la fecha en que fueron aprobados.

 

Inciso III: El equipo que haga caso omiso de una resolución perderá los puntos del juego respectivo.

 

Inciso IV: E o la jugador(a) descalificado(a) por una agresión o intento de la misma, contra un adversario, árbitros, aficionados, etc. Se le impondrá de 2 a 6 juegos de suspensión.

 

Inciso V: El que hiciese manifestaciones antideportivas que vayan en contra de la moral del estudiante, funcionario universitario o espectador, se le suspenderá del Torneo y el Comité Organizador analizará el tiempo

De suspensión según el informe arbitral.

 

Inciso VI: Se les impondrá una suspensión que impida participar en la presente y en la próxima LBU o actividad programada por FECUNDE, a las personas que:

 

a) Causen daño al local de competencia, provoque o participe en un enfrentamiento, agrediéndose mutuamente.

b) Agradan o insulten a espectadores, árbitros, organizadores u oficiales antes, durante o después de efectuado el juego.

c) Permita o cometa un fraude de inscripción o bien de cambio de identidad, suplantación, etc.

 

Artículo 38

 

Las sanciones se dirigen a las personas y por ello se extienden a todas las disciplinas deportivas en que estuviese o pudiese ser el o la atleta, ya sea en Torneos, Festivales, JUNCOS, o cualquier otra actividad organizada o coordinada por FECUNDE o la Comisión Deportiva de CONARE.

 

 

 

Capítulo XI

 

De las Normas Específicas

 

Artículo 39

 

La competencia dará inicio el la segunda semana de mayo, la misma se vera suspendida en el periodo de JUDUCA (23 de abril al 01 de mayo) y vacaciones de mitad de año.

 

Artículo 40

 

Se jugará en la rama masculina y femenina.

 

Artículo 41

 

Los partidos serán de 4 cuartos de 10´ minutos cronometrados.

 

Artículo 42

 

Se otorgará 2 puntos por partido ganado, 1 punto por partido perdido, 0 puntos en caso de no presentación y se le sumaran 20 puntos encestados en contra y el descuento de 1 punto en la tabla de clasificación. En Caso de una no presentación, que no haya sido justificada en un lapso de 24 horas antes del juego a todas la partes involucradas, la Universidad infractora deberá correr con los gastos de organización del juego al que no se presentó (arbitraje, gimnasio, transporte, etc.).

 

Artículo 43

 

El congreso general de LBU se realizará el día 11 de marzo a las 5:00 p.m. en la U.C.R.

Las inscripciones y planillas se cerrarán el jueves 08 de abril a las 3:00 pm en la sesión ordinaria de la Comisión Deportiva de CONARE y FECUNDE, se debe enviar la lista al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Artículo 44

 

La inscripción y desinscripción de jugadores(as) como de miembros del cuerpo técnico, se podrá realizar únicamente en las reuniones del Comité Organizador, debidamente en regla con todos los documentos, una vez que termine la primera fase no se aceptarán más tramites de inscripciones y desinscripciones.

 

Artículo 45

 

El pago del arbitraje será cancelado por la Comisión Deportiva de CONARE

 

 

 

 

 

 

Artículo 46

 

Las Universidades inscritas y por región son las siguientes:

REGION CENTRAL

BALONCESTO MASCULINO UCR (SAN PEDRO)

UNA (HEREDIA)

UAM (SAN JOSE)

U. INT. (HEREDIA)

 

BALONCESTO FEMENINO UCR (SAN PEDRO)

UNA (HEREDIA)

U.INT. (HEREDIA)

 

REGION OCCIDENTAL

BALONCESTO MASCULINO UCR (SAN RAMON)

 

BALONCESTO FEMENINO UCR (SAN RAMON)

 

 

 

REGION ATLANTICO

BALONCESTO MASCULINO ITCR (CARTAGO)

 

BALONCESTO FEMENINO ITCR (CARTAGO)

 

REGION CHOROTEGA

BALONCESTO MASCULINO UNA (NICOYA)

UNA (LIBERIA)

 

FEMENINO NO HAY

 

 

REGION SUR NO HAY

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 47

El sistema de juego será:

 

Con la participación de 8 equipos en masculino y 5 en femenino, la comité organizador de la Liga de Baloncesto Universitario acordó realizar el torneo de la siguiente manera:

FEMENINA:

 

1. Primera etapa: Se jugará todas contra todas a dos vueltas a visita recíproca

 

2. Segunda etapa (semifinal): clasificarán cuatro equipos donde se jugará: 1º vrs 4º y 2º vrs 3º lugar. Un solo juego, la casa será 1º y 2º lugar

 

3. Tercera Etapa (Final). Se jugará un partido de final entre los dos equipos que ganen la segunda etapa o semifinales. El lugar del partido será definido por la Comisión Deportiva de CONARE y FECUNDE.

 

MASCULINA:

Para esta edición de la LBU 2010, se jugará de la siguiente manera a fin de reducir gastos a los equipos participantes y mantener un proceso competitivo:

 

1. Primera etapa: se elimina en un juego la Región Chorotega.

El ganador de la Región Chorotega jugará con el equipo de la región Occidente.

 

2. Segunda etapa: Se jugará en dos grupos de tres equipos, donde clasifican los dos primeros, el ganador de la primera etapa estará conformando uno de los grupos, junto con los equipos de las Zonas Central y Atlántica

 

3. Tercera etapa: (semifinal): clasificarán dos equipos de cada grupo, donde se jugará: 1A vrs 2B y 2A vrs 1A, se realizará un solo juego en casa de los primeros lugares de cada equipo.

 

4. Cuarta etapa: Final Nacional Universitaria: Se jugará un partido de final entre los dos equipos que ganen la tercera etapa o semifinales. El lugar del partido será definido por el Comité Organizador y aprobado por la Comisión Deportiva de CONARE y FECUNDE.

 

 

Capítulo XII

 

De la Premiación

 

Artículo 48

 

En la Liga se premiara al primero, segundo y tercer lugar en ambas ramas, con trofeo, medalla y certificado de participación. Así como posibles premios obtenidos por el patrocinio del torneo (FECUNDE).

 

 

Capítulo XIII

 

De la Programación

 

Artículo 49

 

PRIMERA ETAPA FEMENINO

JORNADA JUEGO DÍA HORA LUGAR

1

(10-16 mayo) ITCR – UCR (SR) Martes 18 18:00 hrs ITCR

UCR(SP) – UNA Jueves 13 18:30 hrs UCR

2

(17 -23 mayo) UCR (SR) – INTER Viernes 21 20:00hrs UCR (SR)

ITCR – UCR (SP) Jueves 20 18:00hrs ITCR

3

(24-30 mayo) UCR (SR) - UNA Lunes 24 19:00 hrs UCR (SR)

INTER – ITCR Miércoles 26 19:30 hrs Samuel Sáenz

4

(31 mayo-6 junio) UCR (SP)– INTER Jueves 03 18:30hrs UCR

UNA – ITCR Martes 01 18:30hrs UNA

5

(7-13 junio) UCR (SR) – ITCR Viernes 11 20:00hrs UCR (SR)

INTER - UNA Jueves 10 19:30hrs Samuel Sáenz

6 Segunda vuelta

(14-20 junio) UCR(SR)–UCR(SP) Lunes 14 20:00hrs UCR (SR)

UNA – UCR(SP) Martes 15 18:30 hrs UNA

7

(19 – 25 JULIO) INTER – UCR (SR) Jueves 22 19:30 hrs Samuel Sáenz

UCR (SP) – ITCR Jueves 22 18:30 hrs UCR

8

(26-31 julio) UNA - UCR (SR) Martes 27 18:00hrs UNA

ITCR – INTER Sábado 31 16:00hrs ITCR

9

(2-8 agosto) INTER – UCR (SP) Jueves 05 18:30hrs Samuel Sáenz

ITCR – UNA Sábado 7 16:00hrs ITCR

10

(9-15 agosto) UCR(SP) –UCR(SR) Jueves 12 18:30 hrs UCR

UNA - INTER Martes 10 18:30 hrs UNA

 

 

 

 

 

 

 

SEGUNDA ETAPA FEMENINA (SEMIFINAL)

JORNADA JUEGO DÍA HORA LUGAR

11

(16-22 AGOSTO) 1º vrs 4º (A)

2º vrs 3º (B)

 

 

TERCERA ETAPA FEMENINA (final)

JORNADA JUEGO DÍA HORA LUGAR

12

(23 – 29 AGOSTO) Gan A vrs Gan B

 

 

 

 

 

 

LIGA BALONCESTO UNIVERSITARIA

MASCULINA

GRUPO A GRUPO B

UCR (San Pedro) UCR (San Ramón, SR)

ITCR (Cartago) UNA (Heredia)

UAM (San José) INTERAMERICANA (INTER)

 

PRIMERA ETAPA MASCULINO

JORNADA JUEGO DÍA HORA LUGAR

 

CLASIFICA UCR SAN RAMON POR RETIRO DE EQUIPOS DE UNA CHOROTEGA

SEGUNDA ETAPA MASCULINO

4

(31 mayo-6 junio) UCR San Pedro (SP) – ITCR Jueves 03 jun 20:00hrs UCR

UCR (SR) - UNA (Her) Viernes 4 jun 20:00 hrs UCR (SR)

5

(7-13 junio) INTER – UCR (SR) Lunes 07 jun 20:30hrs Samuel Sáenz

UAM – UCR (SP) Jueves 10 jun 19:00hrs UAM

6

(14-20 junio) UNA – INTER Lunes 14jun 20:00 hrs UNA

UAM – ITCR Sábado 19jun 14:00hrs UAM

7

(19 – 25 JULIO) ITCR – UCR (SP) Sábado 26 jun o sab 31 julio 14:00 hrs ITCR

UNA – UCR (SR) Lunes 19 jul 20:00hrs UNA

8

(26-31 julio) UCR (SP) – UAM Lunes 26 jul 20:00hrs UCR

UCR (SR) - INTER Lunes 26 jul 20:00 hrs UCR (SR)

9

(2-8 agosto)

INTER – UNA Miércoles 04 ag 20:30 hrs Samuel Sáenz

10

(9-15 agosto) ITCR – UAM Sábado

3 julio 14:00hrs ITCR

 

 

TERCERA ETAPA MASCULINO (SEMIFINAL)

JORNADA JUEGO DÍA HORA LUGAR

10

(16-22 AGOSTO) 1ºA vrs 2ºB (A)

1º B vrs 2ºA (B)

 

 

CUARTA ETAPA MASCULINO (final)

JORNADA JUEGO DÍA HORA LUGAR

11

(23 – 29 AGOSTO) Gan A vrs Gan B

 

Equipo de la UNA

Equipo de la UNA