Aprobado protocolo sanitario para el retorno de actividades físicas y recreativas

2021-01-12

 

Publicado y redactado por Prensa del ICODER

 

 

APROBADO PROTOCOLO SANITARIO PARA EL RETORNO DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y RECREATIVAS


• En grupos controlados y supervisados, habitantes de las diferentes localidades podrán practicar nuevamente aeróbicos, yoga, pilates, ejercicios, entre otras disciplinas.


• Lineamientos incluyen cita previa, aforo, distanciamiento, higiene personal, constante limpieza de instalaciones y ventilación de espacios cerrados, entre otras disposiciones.


• “Esta guía sanitaria facilitará a muchos habitantes de todo el país retomar la práctica de actividades que buscan llevar salud física y emocional a las personas”, dijo el ministro del Deporte.
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Habitantes de comunidades de todo el país podrán volver a practicar en grupos controlados bajo supervisión técnica, aeróbicos, yoga, pilates, ejercicios funcionales, entre otros, anunció el ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, al dar a conocer la aprobación del “Protocolo específico para Actividades Físicas y Recreativas”.


Se trata de un protocolo que busca prevenir y mitigar –en cumplimiento con las medidas dictadas por el Ministerio de Salud--, la Covid-19, al tiempo que permite a las personas recrearse bajo una responsabilidad de protegerse ante la pandemia.
Entre las medidas establecidas el protocolo incluye cita previa, cumplimiento de aforo establecido por el ente rector de salud, distanciamiento de dos metros, higiene personal, constante limpieza y desinfección de las instalaciones, ventilación de espacios cerrados, con el objetivo de que no se concentren gotículas y aerosoles respiratorios.


Además, la guía sanitaria enfatiza en la prohibición de la práctica recreativa si una persona presenta fiebre, malestar general, tos, dificultad para respirar, pérdida del olfato o alteración en la percepción del sabor de los alimentos. Tampoco se permitirá el ingreso de quienes hayan tenido contacto familiar o domiciliar de personas con síntomas de gripe o que estén siendo sospechosas de Covid-19. En ese caso deberán registrarlo en la bitácora que estará al ingreso de la instalación.


El ministro Solano Venegas agradeció a la Comisión Técnica asesora de protocolos de su despacho, así como al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder), al Ministerio de Educación Pública, representantes de comités cantonales de Deporte y Recreación y a la academia por la redacción de este protocolo sanitario, “que beneficiará a miles de ciudadanos al volver a practicar sus disciplinas favoritas desde sus comunidades”, dijo.

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“Esta guía facilitará a muchos vecinos de comunidades -bajo disposiciones sanitarias establecidas- retomar la práctica de actividades que buscan llevar salud física y emocional a las personas que se han visto afectadas por las medidas como el aislamiento social”, expresó el jerarca rector del deporte.


Entre las medidas sanitarias que incluye el documento destacan:


PERMISO SANITARIO. Cada organización deportiva o recreativa (polideportivos, academias, clubes, equipos, etc.), deberá tener el permiso sanitario de funcionamiento vigente.


CITA PREVIA. Cada administración de la instalación deportiva o recreativa debe coordinar y agendar por medio de llamada telefónica o uso de medios digitales con las personas usuarias citas según los horarios y cupos disponibles para el entrenamiento en su instalación.


HORARIO. Entre cada sesión debe haber una diferencia de 30 minutos para evitar la aglomeración de personas en la entrada y salida de la instalación y proceder con la limpieza y desinfección de la instalación en este período de tiempo.


LIMPIEZA. Cada administración de la instalación deportiva o recreativa debe tener una persona encargada de limpieza y mantenimiento y contar con una bitácora de cumplimiento que permita dejar evidencia de los procedimientos y periodos de limpieza.


ÁREAS VERDES. La apertura de las áreas verdes y espacios deportivos o recreativos al aire libre (áreas comunes) queda a criterio de la administración de la instalación siempre y cuando se cuente con los recursos para la debida aplicación de protocolos y garantizar la seguridad sanitaria.


BURBUJA SOCIAL. Quienes practican el deporte o la actividad recreativa deben ir sin acompañantes. Sin embargo, en el caso de menores de edad o alguien con discapacidad pueden ser acompañadas solamente por una sola persona perteneciente a la misma burbuja y que sea mayor de edad, cumpliendo con todas las medidas generales de higiene.


VENTILACIÓN. Se debe procurar que todas las ventanas y puertas estén abiertas a lo máximo que se pueda con el fin de que haya la mejor ventilación posible y corrientes de aire, para que así no se concentren gotículas y aerosoles respiratorios contaminados con virus, pues el aire se las lleva.


DEMARCACIÓN. La organización u entidad encargada de la actividad deberá demarcar un espacio para cada usuario que cumpla con el distanciamiento mínimo de 2 metros cuadrados. Por lo tanto, el usuario deberá permanecer en el espacio asignado durante toda la sesión.
HIGIENE PERSONAL. La persona que realiza deporte, recreación o actividad física debe portar siempre su equipo de protección personal (alcohol en gel, mascarilla antes y después de la actividad, entre otros, hidratación) en el medio de transporte que utilice.
El protocolo completo se encuentra disponible en el enlace https://bit.ly/38C3IKL

 

 

Sin descripción disponible.

Hernán Solano Venegas.

 

Ministro del Deporte de Costa Rica.

Fuente: ICODER