ICODER abrirá concurso público para el puesto de Director Nacional
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN (ICODER)
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DEPARTAMENTO DE PRENSA Y RELACIONES PÚBLICAS
ICODER abrirá concurso público para el puesto de Director Nacional
El Consejo Nacional de Deportes acordó en su sesión de este jueves 28 de junio abrir el concurso público para el nombramiento del Director Nacional del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER).
Según confirmó Francisco Marín Monge, Viceministro de la Presidencia y Presidente del Consejo de Deportes, dicho cuerpo colegiado tomó el acuerdo de solicitarle a la Directora Nacional a.i. del ICODER, Alba Quesada Rodríguez, efectuar las gestiones necesarias para sacar a concurso el puesto por lo que resta del período.
Quesada Rodríguez fue nombrada interinamente el pasado 16 de enero, tras la destitución de Luis Eduardo Peraza.
El Viceministro Marín confirmó que el nuevo Director Nacional será nombrado por lo que resta del período, es decir hasta el 7 de mayo del 2014.
En los próximos días se deberá publicar en el Diario Oficial La Gaceta la apertura del concurso, para de inmediato abrir el período de recepción de candidaturas, estudiar los atestados de los participantes y llevar a cabo la elección del nuevo jerarca.
De acuerdo con la Ley 7800 en su Capítulo IV Artículo 12, y en el Artículo 18 del Decreto Ejecutivo 28922-C, el Director Nacional será el órgano ejecutivo superior de la administración del ICODER y deberá ser nombrado por el Consejo de Deportes previo concurso público.
Según lo establece la ley, para pretender el cargo los candidatos deben ser costarricenses, tener el grado de licenciados como mínimo en una carrera atinente al cargo, poseer al menos cinco años de experiencia en funciones similares y estar incorporados al colegio respectivo.
El Director Nacional estará subordinado al Consejo Nacional y se encargará de ejecutar las políticas, los acuerdos, planes y programas que aprueben el Consejo Nacional y el Congreso, representar al Instituto en los actos oficiales, presentar al Consejo Nacional los presupuestos de sus dependencias, así como los demás deberes que surjan de la ley y los reglamentos respectivos.
Corresponderá al Director Nacional la potestad de nombramiento y disciplina del personal del Instituto.
También le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente al Instituto con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según lo dispuesto en el artículo 1253 del Código Civil.
Además, podrá otorgar poderes con las denominaciones y para los fines generales o especiales que estime convenientes para el funcionamiento eficaz del Instituto, siempre que sea autorizado expresamente para ello por el Consejo.