DISCIPLINARIO CASTIGÓ A NOVATO DE CARTAGO

La agresión de l sub 21 DEVON LYNCH MANLEY  del equipo Cartago, hacia el jugador José Valverde West del equipo Ferreterías Brenes Barva le generó una sanción y una multa económica, después de analizados los hechos por el disciplinario.

 

 LYNCH  lanzó un golpe con el puño  de la mano derecha en la cabeza a West, durante el juego que se realizó en san Joaquín de Flores, por lo que salió expulsado, por lo que fue sancionado con 2 partidos y 50.000 colones de multa 

 Los anteriores castigos son adicionales al castigo automático que corresponden conforme al  artícul0 21  y  deberá cumplir en forma inmediata.

Por ser una infracción automática y leve dicha resolución carece de recursos de apelación conforme al artículo 41 del reglamento Disciplinario, dichas sanciones  proceden a ser efectiva a partir de la presente notificación. Comuníquese a los comités de competición y arbitral. Procédase a notificar a los respectivos comités

 

Además como adelantamos el jugador recibió una sanción de un mes por parte de su entrenador Ronald Román, y no podrá jugar ni entrenar durante ese tiempo con los brumosos.

 

Resolución completa

 

 

 

PROCESO DISCIPLINARIO

CONTRA: DEVON LYNCH MANLEY

EQUIPO:   CARTAGO

LIGA SUPERIOR DE BALONCESTO

EXP:  0021-2010

 

COMITÉ DISCIPLINARIO, FEDERACION COSTARRICENSE DE BALONCESTO AFICIONADO, a las  dieciséis horas del veintiséis de Agosto del presente año.

RESULTANDO

Conforme al informe arbitral, suscrito por los árbitros 1 y 2, señores José Rolando Umaña y Over Flores Albertazzi, respectivamente del día veinte  de Agosto del año en curso del juego de la liga Superior de Baloncesto Masculino: Ferreterías Brenes Barva / Cartago, del día veinte de Agosto del dos mil diez, en el Palacio de los Deportes, Heredia,  el jugador numero 13, señor DEVON LYNCH MANLEY  del equipo Cartago, agredió de un golpe con el puño  de la mano derecha en la cabeza al jugador Jose Valverde West del equipo Ferreterías Brenes Barva por lo cual fue expulsado por los árbitros.

CONSIDERANDO

Que dicha conducta del jugador  DEVON LYNCH MANLEY se encuentra tipificada y castigable conforme a los reglamentos disciplinarios establecidos por la FECOBA.  Que conforme al reporte arbitral, el jugador  DEVON LYNCH MANLEY al agredir a un rival, ha incurrido en una falta leve al reglamento,  siendo una conducta antideportiva contraria a las normas deportivas establecidas y al juego limpio que debe imperar.

POR TANTO

Conforme a los artículos 26.4, del reglamento disciplinario de la FECOBA  el jugador DAVON LYNCH MANLEY, se hace acreedor a las siguientes sanciones de los artículos 30, inciso 2 y 30.4  del reglamento Disciplinario y se le impone los siguientes castigos:

1.-  DOS JUEGOS de suspensión,

2.- el pago de una multa por la suma de cincuenta mil colones (¢50,000), la cual deberá depositar en la cuenta de FECOBA No. 100-01-000-212733-0 BNCR.

Los anteriores castigos son adicionales al castigo automático que corresponden conforme a los artículos 21  los cuales deberá cumplir en forma inmediata.

Por ser una infracción automática y leve dicha resolución carece de recursos de apelación conforme al artículo 41 del reglamento Disciplinario.

Dichas sanciones  proceden a ser efectiva a partir de la presente notificación. Comuníquese a los comités de competición y arbitral. Procédase a notificar a los respectivos comités.

 

Lic. Adrián Granados                                                                    Lic. Miguel Sáenz

     Presidente                                                                                       Secretario

Comité Disciplinario

 

 José West